
Un nuevo riesgo para la libertad de expresión amenaza a los medios comunitarios en México. Ocurrió el pasado 21 de octubre. Más de 100 organizaciones y medios denunciaron el uso indebido de la figura de “violencia política en razón de género” para justificar censura institucional. Esta figura, creada para proteger los derechos de las mujeres, está siendo utilizada por autoridades electorales en Veracruz para criminalizar y silenciar a medios comunitarios, indígenas y afrodescendientes.
La denuncia subraya un preocupante patrón de represión legal contra quienes ejercen el derecho a la palabra desde sus territorios.
Disputas y violaciones a la ley
El Tribunal Electoral de Veracruz ha iniciado más de 50 procesos sancionadores contra medios locales. Esto constituye una forma institucionalizada de censura, y vulnera derechos constitucionales, en particular aquellos establecidos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en su Artículo 9. Se les reconoce: “satisfacer las necesidades de comunicación social [y] promover el desarrollo de las comunidades”. El uso político de esta figura contradice al Artículo 6º constitucional, que prohíbe la censura previa y protege el derecho a la información de la sociedad en su conjunto. Así mismo, surgen violaciones al Artículo 7º constitucional que garantiza la inviolabilidad de la libertad de publicar escritos sobre cualquier materia. Además, el enfoque específico contra los medios comunitarios ignora el mandato constitucional del Artículo 2º: Apartado B, fracción VI: obliga al Estado a “garantizar el acceso efectivo a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones” para los pueblos indígenas. Fracción IX: manda a las autoridades a “eliminar cualquier práctica discriminatoria” en su contra. La criminalización de su labor comunicativa es en sí misma, una práctica discriminatoria. Finalmente, bajo la persecución y censura de los medios comunitarios, igual se rompen acuerdos internacionales. En particular, se presenta una violación del Artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que protege la libre expresión.
Los medios comunitarios y la censura institucional
El empleo indebido de esta figura representa un fraude a la ley. Las autoridades han convertido lo que inicialmente fue un instrumento de protección en un mecanismo de castigo y silenciamiento. Es una perversiòn de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. Además, bajo esta práctica se banaliza la lucha de las mujeres comunicadoras indígenas.
El uso desviado de esta norma vulnera el principio de legalidad sobre el que se sustenta el Estado de Derecho Mexicano.
Los medios comunitarios afectados mencionan casos en Veracruz, Oaxaca y Puebla, donde tribunales electorales han ordenado retirar contenidos críticos o enfrentar sanciones. Estas penalizaciones inhiben al periodismo local y ponen en riesgo la diversidad informativa que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión busca garantizar.
Dentro de este conflicto, es importante encuadrar a México como el cuarto país a nivel mundial en asesinatos de personas defensoras del medio ambiente. La censura contra los medios comunitarios sólo aumenta la vulnerabilidad de quienes informan desde territorios en lucha. El hostigamiento institucional crea un ambiente peligroso para el ejercicio periodístico, agravando el riesgo que enfrentan comunicador@s locales. En este escenario, la actuación de autoridades como el Tribunal Electoral de Veracruz, puede configurar una violación al derecho a la seguridad jurídica y a una tutela judicial efectiva, garantizados en los Artículos 14 y 17 constitucionales.
Nuevamente, más de 100 organizaciones firmaron la denuncia contra la censura de los medios comunitarios. Entre ellas, destacamos a Article 19 México y Centroamérica, Radio Teocelo, Radio Cholollan, Ojo de Agua Comunicación y El Movimiento Agrario Indígena Zapatista, entre otros. Todas y cada una exigiendo respeto a la libertad de expresión y en defensa del Artículo 7º constitucional.
Las exigencias principales de las organizaciones, son las siguientes:
- Garantizar la libertad de expresión y el derecho a comunicar de los medios comunitarios.
- Revisar los procedimientos legales con perspectiva de derechos humanos, conforme al Artículo 1º constitucional que obliga a todas las autoridades a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
- Reconocer el papel esencial de los medios indígenas y comunitarios en la democracia mexicana, tal y como lo establece la ley, y su derecho a existir y expresarse sin miedo.
- Detener las prácticas de censura institucional que amenazan la pluralidad informativa.
Las organizaciones convocan a universidades, medios, organismos internacionales y ciudadanía a sumarse en defensa de la palabra libre y colectiva. Advierten que este precedente de censura contra medios comunitarios representa una grave afectación al Estado de Derecho y a la democracia pluricultural del país.
"Sembrar la palabra
Cosechar autonomía"



